Esta categoría de visados es para personas que deseen permanecer en España por un
periodo máximo de 3 meses por motivos de trabajo (firma de un contrato, etc.). Este
tipo de visados no permiten llevar a cabo actividad profesional alguna.
El solicitante puede ser requerido para que aporte pruebas de que su solicitud cae
bajo esta categoría.
Estimados solicitantes, sírvanse leer con detenimiento las nuevas tasas y otros
costes vigentes :
Duración |
Tasas en BOB |
Visado de Corta duración Schengen (max 90 dias) |
661 BOB |
Menores de edad, de entre 6 y 12 años |
330 BOB |
El precio citado ha de ser pagado en efectivo.
Advertencia: La exención de la tasa para los menores de edad solo está
prevista en caso de solicitud de visado de corta duración, siempre que el menor de
edad tenga menos de seis años al tiempo de la entrega de la solicitud.
La tasa puede variar sin notificación previa.
Coste por el uso de BLS International Services
Las solicitudes presentadas en el Centro de Solicitud de Visados para España tendrán
un coste por el servicio de 124 BOB (incluido el impuesto), a abonar en efectivo.
Los menores de 6 años están exentos del pago.
Advertencia:
- La tasa aplicable en bolivianos se realiza de acuerdo al tipo de cambio vigente.
La tasa puede variar sin notificación previa.
- El pago no es reembolsable
VISADO DE CORTA DURACION (SCHENGEN)
VISADO de Corta Duracion(Max 90 Días)
Si usted reside en una de las siguientes ciudades: Santa Cruz, Beni, Pando o
Tarija, podrá solicitar visado en el Centro de Solicitud de Visas del
Consulado de España en Santa Cruz operado por BLS, ubicado en la ciudad de Santa
Cruz (Edificio Torre Equipetrol, piso 10, Avenida San Martin esquina 2do Anillo de
circunvalación. telf +591(3) 3413266). Email info.vvi@blshelpline.com. Página web:
https://bolivia.blsspainvisa.com Sin embargo, sin importar en que
ciudad de Bolivia resida, si usted desea viajar a Republica Checa, Lituania o
Luxemburgo debe solicitar el visado en el Centro de Solicitud de Visas de BLS en la
ciudad La Paz
El Consulado General de España en Santa Cruz de la Sierra, para la tramitación de
Visados Schengen, representa en su demarcación Consular a: Austria, Bélgica,
España, Francia, Grecia, Hungría, Países Bajos, Portugal y Suiza. Para
otros destinos consulte a la Embajada o Consulado correspondiente. En caso de
visitar dos o más países del Espacio Schengen, asegúrese de solicitarlo en el
Consulado del país que sea el destino principal de la visita (por duración o
finalidad del viaje). Si no puede determinarse un destino principal, el país por
cuya frontera ingrese. El visado Schengen permite una estancia máxima de 90 días por
semestre.
La solicitud de visado debe ser presentada personalmente por el interesado. Los
menores de edad deberán presentarse acompañados de la persona que ejerza sobre
ellos, de modo temporal o permanente, la patria potestad o la tutela legal.
La solicitud de visado debe presentarse con 6 meses anteriores al comienzo del viaje
previsto y es recomendable que se presente por lo menos con 150 días de antelación,
puesto que éste es el plazo que puede durar su tramitación, dicho plazo puede
ampliarse hasta 45 días.
Debe tener en cuenta que la posesión de un visado no confiere, por sí misma, un
derecho automático de entrada, sino que debe poder demostrarse en frontera que se
cumple con todos los requisitos que dieron pie a la concesión del visado, así como
de los demás establecidos legalmente, de acuerdo al Reglamento (UE) 399/2016 (Código
de Fronteras Schengen).
I. REQUISITOS GENERALES
- FORMULARIO DE SOLICITUD DE VISADO SCHENGEN que podrá
descargarse gratuitamente del siguiente link,
debidamente rellenado con letras mayúsculas y firmado. Si usted lo desea el
centro de
solicitud de visados le pueden llenar el formulario por un costo adicional,
el día de su cita.
El formulario deberá llevar pegada en la parte superior derecha una
FOTOGRAFIA reciente en color, del rostro del solicitante, tamaño 3x4 cm, con
fondo uniforme blanco y liso, tomada de frente y sin gafas o cualquier otro
tipo de prenda que impida la identificación de la persona. Si usted desea
por un costo adicional se pueden tomar las fotografías en el Centro de
Solicitud de Visas el día de la entrevista.
- PASAPORTE con una vigencia mínima de 90 días posteriores a
la fecha de finalización del viaje y un mínimo de tres páginas libres, y
fotocopias de la página de identificación y de todas aquellas donde
aparezcan sellos y/o visados anteriores. Originales y fotocopias de las
páginas donde figuren visados y sellos fronterizos de todos los Pasaportes
anteriores de los que se disponga.
- RESERVA DEL PASAJE AÉREO DE IDA Y VUELTA (original y
copia).
- PRUEBA DE MEDIOS ECONÓMICOS Y DE LA INTENCIÓN DE
REGRESAR:
- Extractos de cuentas bancarias (con la firma y el
sello del banco) de los SEIS últimos meses: cuentas de ahorro,
tarjetas de crédito, cuenta corriente, depósitos a plazo, cálculo
del valor de las propiedades, etc.
- Nómina, pensión o ingresos por honorarios de los
últimos tres meses y cotizaciones al régimen de pensiones de los
tres últimos meses.
- Carta de presentación de la empresa indicando las
fechas en las que el solicitante está de vacaciones y/o de permiso.
- Si la empresa es propiedad del solicitante: Número de
Identificación Tributaria (NIT), escritura de
constitución de la empresa y última declaración de impuestos.
- Los estudiantes mayores de 18 años deberán presentar una
prueba reciente de estudios (universidad, academia,
instituto, etc.)
- Los estudiantes deben presentar la prueba de que disponen de medios
suficientes para cubrir los gastos de viaje, alojamiento y gastos
generales de la formación recibida o de las prácticas.
- Otros documentos para demostrar la intención de
regresar (por ejemplo, propiedad de bienes inmuebles). Si el
solicitante es económicamente dependiente, deberá presentar
documentos justificativos para demostrar la relación familiar y la
renta de sus padres, cónyuge o hijos, así como una carta indicando
que el financiador cubre todos los costes de la estancia prevista.
- JUSTIFICANTE DE SEGURO MÉDICO INTERNACIONAL válido para
todos los Estados miembros del Espacio Schengen, que debe incluir todo el
periodo de estancia previsto (original y copia).
Si lo desea podrá adquirir el seguro médico en el Centro de Visados por un
costo adicional.
La cobertura mínima, que deberá constar expresamente en el documento,
además de las fechas de vigencia del mismo, es la siguiente:
- Para asistencia por enfermedad …… 30.000 euros
- Para asistencia por accidente ……… 30.000 euros
- Repatriación sanitaria y funeraria 30.000 euros o incluida
(No serán validos los seguros con franquicia, independientemente
del valor asegurado).
II. DOCUMENTOS EN FUNCIÓN DE LA FINALIDAD DEL VIAJE
- TURISMO:
RESERVAS DEL HOTEL o del tour por el tiempo total del viaje
(original y copia), con indicación del precio total.
- VISITA A FAMILIARES O AMIGOS:
- Carta de invitación, original y copia.
- Si el solicitante ha sido invitado por un miembro de su
familia o amigo residente en España, deberá presentar una
carta de invitación expedida por la Comisaría de Policía del
lugar de residencia del invitante.
- Si el solicitante ha sido invitado por un miembro de su
familia o amigo residente en alguno de los países Schengen a
los que España representa, la carta de invitación deberá ser
solicitada por el invitante en el organismo competente de
ese país.
Importante: de acuerdo con la normativa vigente
en materia de visados, la carta de invitación SÓLO tiene valor
de justificante de alojamiento y no serán válidas como
justificante de alojamiento las cartas personales.
- Prueba de la existencia de una relación familiar con la persona que
cursa la invitación (certificado de nacimiento, certificado de
matrimonio) y carta de la persona que cursa la invitación explicando
la vinculación con el solicitante.
- Si la persona que cursa la invitación y los familiares que viven en
el Estado Schengen de destino no son nacionales de dicho país debe
presentarse copia de un permiso de residencia válido.
- Si la persona que cursa la invitación paga el viaje y/o los gastos
de estancia, deberá probar la posesión de medios suficientes para
sufragar los gastos. No obstante el solicitante deberá acreditar
SIEMPRE la prueba de medios económicos descrita en el apartado I.4
- VIAJE DE NEGOCIOS
- Prueba de la relación comercial con la empresa que cursa la
invitación, en forma de una carta del representante legal de la
empresa que le envía indicando una relación comercial con la empresa
en el Estado Schengen de destino.
- Esta carta deberá indicar el empleo del solicitante y la finalidad
de su viaje y especificar si la empresa cubrirá los gastos de viaje
y alojamiento. No obstante se recuerda de nuevo que el solicitante
deberá acreditar SIEMPRE la prueba de medios económicos descrita en
el apartado I.4
- Carta de invitación de la/s empresa/s o de la/s organización/es que
cursa/n la invitación con domicilio social en el Estado Schengen de
destino. La carta debe indicar las fechas y la duración de la
visita, la finalidad de la misma y las actividades previstas.
- Si la/s empresa/s que cursa/n la invitación o que envía/n al
solicitante cubre/n los gastos de viaje, deberán aportar documentos
que justifiquen la posesión de medios suficientes para sufragar
dichos gastos.
- Participantes en una feria, congreso o conferencia: tarjeta de
acceso.
Si el solicitante es responsable de un stand en una exposición: contrato
de arrendamiento del mismo.
- PARTICIPACIÓN EN EVENTOS CIENTÍFICOS, CULTURALES, DEPORTIVOS,
RELIGIOSOS O DE OTRO TIPO:
- Carta de la organización que cursa la invitación al solicitante en
el Estado Schengen de destino en la que se indique el objetivo del
viaje y la duración de la estancia.
- Carta de la organización o institución en Bolivia de la que es
miembro el solicitante con indicación del puesto del solicitante y
el motivo del viaje.
- Documento que indique quién paga los gastos de viaje y alojamiento.
Si el solicitante no viaja con apoyo oficial de una institución (en
el Estado Schengen de destino), deberá aportar la prueba de que
dispone de medios suficientes para cubrir los gastos.
- ESTUDIOS, DÍAS DE FORMACIÓN, CURSOS DE IDIOMAS
- Certificado de inscripción en un centro educativo que imparta
formación profesional o cursos teóricos a niveles básico y avanzado.
- Certificados que demuestren que el solicitante tiene el nivel
educativo necesario para asistir a los cursos para los que se ha
matriculado en el Estado Schengen de destino.
- Documentos en los que se indique el contenido del curso, fechas de
comienzo y final del curso o, precio de la formación o prueba de
pago del curso. No se admiten cartas firmadas sino recibos bancarios
originales.
- VIAJES POR MOTIVOS MÉDICOS
- Certificado médico expedido por un médico colegiado o una
institución médica en el que se incluya un diagnóstico, adjuntando
el historial médico del paciente y especificando el tratamiento
necesario.
- Documento oficial de la institución médica de destino en el Estado
Schengen donde el paciente haya sido aceptado para recibir el
tratamiento.
- Certificado de la institución médica que cubre los costes o, a falta
de éste, prueba de medios suficientes para cubrir los gastos y, en
su caso, se requerirá que se abone anticipadamente parte o la
totalidad de los gastos estimados de la intervención.
- VIAJES OFICIALES
- Invitación oficial dirigida al Gobierno de Bolivia para participar
en reuniones, consultas, negociaciones o programas de intercambio,
así como en eventos organizados en los Estados Schengen por parte de
organismos públicos.
- Nota verbal expedida por un organismo de la administración boliviana
en la que se confirme que el solicitante es miembro de la delegación
que participa en dichos eventos, junto con una copia de la
invitación oficial.
- TRÁNSITO AEROPORTUARIO
Permiso de entrada válido (por ejemplo, visado, permiso de residencia) para
el país de destino y documentos que garanticen el regreso al país de origen
o residencia.
III. MENORES DE 18 AÑOS
Además de los documentos enumerados en los puntos I y II anteriores, los solicitantes
menores de 18 años deberán presentar:
- CERTIFICADO LITERAL DE NACIMIENTO (es la fotocopia del libro del SERECI,
no el certificado computarizado) del solicitante, con una
antigüedad máxima de tres meses (original). El documento debe presentarse
legalizado con la apostilla de La Haya
- CERTIFICADO DE NACIMIENTO (es el certificado computarizado) del
solicitante, con una antigüedad máxima de tres meses (original). El documento no
necesita ser legalizado por la vía diplomática.
- AUTORIZACIÓN DE VIAJE al exterior emitida por el Poder Judicial
de la Nación, firmada por el Juez del Menor y legalizada con la Apostilla de La
Haya. Deben presentar el original, que será posteriormente devuelto, y una
fotocopia.
- ORIGINAL Y FOTOCOPIA DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD O DEL PASAPORTE DE AMBOS
PROGENITORES.
- Si la solicitud es presentada por un solo progenitor, según el caso, se
presentará:
- Sentencia judicial actualizada que pruebe ser el único titular
de la patria potestad, legalizada con la apostilla de La
Haya.
- Poder notarial otorgado por el otro progenitor,
legalizado con la apostilla de La Haya.
- Certificado de defunción del otro progenitor, Certificado de
defunción del otro progenitor, legalizado con la apostilla de La
Haya.
- Si la solicitud es presentada por persona distinta de ambos
progenitores, se presentará:
- Documentos judiciales o notariales, legalizados con la
apostilla de La Haya, que le otorguen la
representación para solicitar este tipo de visados. Los poderes
notariales deberán tener una antigüedad no superior a tres meses
o deberán ir acompañados de acta de no revocación emitida por la
misma autoridad que otorgó el poder y legalizada con la
apostilla de La Haya. (original y fotocopia).
- Original y fotocopia de la cédula de identidad o pasaporte del
representante.
- PRUEBA DE MATRÍCULA EN UN CENTRO ESCOLAR DE BOLIVIA Y AUTORIZACIÓN PARA
AUSENTARSE DURANTE EL PERÍODO LECTIVO
- El desplazamiento de menores extranjeros a España para periodos no superiores a
noventa días, en programas de carácter humanitario promovidos y financiados por
las administraciones públicas, asociaciones sin ánimo de lucro o fundaciones u
otras entidades ajenas a quienes ejercen su patria potestad o tutela, para
estancias temporales con fines de tratamiento médico o disfrute de
vacaciones, necesitará la autorización expresa de quien ejerza la
patria potestad o tutela (en los términos indicados en el punto anterior),
así como el informe previo favorable del Subdelegado del Gobierno o
Delegado del Gobierno en las Comunidades Autónomas uniprovinciales,
en cuyo territorio vayan a permanecer.
EXCEPCIONALMENTE se podrá requerir la presencia y firma de uno o ambos
en el Consulado.
La TASA correspondiente al visado se abonará en
BOLIVIANOS, en EFECTIVO y, en lo posible, con el
IMPORTE EXACTO, conjuntamente con la presentación de la solicitud, en la
caja.
El precio actualizado de este trámite se encuentra en el Tablón de Anuncios
IMPORTANTE
Toda la documentación entregada para la solicitud de visado debe permanecer en el
expediente y no será devuelta. Haga copia de los documentos que vaya a necesitar
Advertencia: Sentimos no poder aceptar aquellas fotografías que no se ajustan a los siguientes requisitos
Proporcione una fotografía de sí mismo reciente (de no más de 6 meses de antigüedad), que no haya sido utilizada
previamente en el pasaporte. La fotografía debe ser en color y:
- Tomado contra el fondo blanco de modo que las características sean distinguibles y contraste contra el fondo.
- Ha de ser clara y mostrar la cara enfocada.
- Ha de estar impresa en papel de calidad fotográfica normal .
- Ha de verse completamente la cara, sin sonreír, (sin gafas de sol, sombreros/gorras o cualquier aditamento que
la cubra, salvo que el solicitante lleve estos por razones religiosas o étnicas)
- Ha de estar adherida a la solicitud.
Advertencia: Por favor, siga estas instrucciones cuidadosamente. Si las fotografías presentadas no cumplen con estos
requisitos, su solicitud se considerará incompleta. El centro cuenta con una cabina fotográfica (fotomatón) que
cumple estos requisitos.
Las solicitudes presentadas en el Centro de Solicitud de Visados para España se
entregarán al día siguiente (laborable) en la Embajada de España o Consulado General
de España. Una vez presentada la solicitud, se podrá requerir al solicitante
documentación adicional. Nótese que, según las instrucciones recibidas por la
Embajada de España, el plazo mínimo de tramitación es de 15 a 30 días naturales
(este plazo puede sufrir retrasos dependiendo de la solicitud).
En orden a prevenir retrasos en los plazos de tramitación, las solicitudes deben ser
presentadas, por lo menos, 15 días antes de la fecha prevista para el inicio del
viaje.
Por favor, advierta que si la solicitud se presenta en un centro satélite, ésta
podría llegar a La Paz O Santa Cruz en 48-72 horas. Las solicitudes recibidas desde
los centros satélites son enviadas a la Embajada o Consulado el día natural
siguiente al de recepción
Los plazos de tramitación comienzan a contar a partir del día siguiente al de
la entrega de la solicitud en BLS International Services.
Aquellos solicitantes que entreguen la solicitud con plazos de tramitación cortos
habrán de rellenar una Declaración.
Solicitud de Visado
Advertencia:
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1. Haga clic en el enlace de la solicitud
2. Cuando se abra el formulario, guárdelo en su ordenador.
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